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Resolución aprobada para procedimiento de preinscripción a Edictos

El pleno del Consejo de la Magistratura, resolvió aprobar el proyecto de resolución sobre, “El procedimiento para la preinscripción y los documentos que deberán presentarse al momento de la primera postulación a los cargos convocados por el Consejo de la Magistratura”.

Con el objetivo de seguir adecuándose a la era digital, la modalidad virtual y normas vigentes.

Se estableció que para el trámite de preinscripción se deberá de remitir de manera electrónica copia autenticada de los siguientes documentos: 

a) Cédula de identidad civil vigente;

b) Título de Abogado registrado ante el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC);

c) Certificado de estudios legalizado por la universidad respectiva;

d) Antecedente policial vigente;

e) Antecedente judicial vigente;

f) Matrícula de Abogado en caso de ejercer la profesión;

g) Legajo laboral en caso de ser funcionario público;

h) Certificado de vida y residencia.

Información complementaria sobre resolución aprobada para procedimiento de preinscripción a Edictos.

El Consejo de la Magistratura, dispuso que no será necesaria la autenticación por Escribanía de los documentos mencionados cuando estos hayan sido emitidos por una Institución Pública de manera electrónica y cuenten con firma digital y/o código QR, cuya autenticidad pueda ser verificada.

Asimismo, determinó que, para la preinscripción a cargos convocados a través de Edictos por el Consejo de la Magistratura, el postulante deberá remitir los documentos mencionados, en un plazo de 72 horas antes del cierre de la convocatoria a los efectos de la validación para la confirmación o rechazo de la preinscripción.

En caso que la preinscripción sea rechazada se indicará al postulante para su corrección dentro del plazo de las 24 horas.

Si la preinscripción es confirmada, el postulante deberá proceder a la creación del usuario y contraseña en el sistema “Consejo Online” para su posterior postulación.

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