Resumen de los asuntos tratados por el pleno del Consejo de la Magistratura el día lunes 13 de mayo.
En sesión ordinaria del Consejo de la Magistratura, presidida por el presidente, Dr. Gustavo Miranda Villamayor, estuvieron presentes en la sala de reuniones los siguientes miembros: el vicepresidente Abg. Gerardo Bobadilla, la Dra. Alicia Pucheta, el ministro Dr. Eugenio Jiménez, el Senador Edgar López, el Diputado Edgar Olmedo y el Abg. César Ruffinelli.
Durante la reunión se trataron los siguientes puntos del orden del día:
Informe de la Comisión de Evaluación Diferenciada:
Se han gestionado las solicitudes de los siguientes titulares de cargo:
- Abg. Javier Anatalio García Talavera. Defensor Público para Caaguazú – Circunscripción Judicial de Caaguazú.
- Abg. José Martín Morinigo Coronel. Agente Fiscal en lo Penal de Misiones.
A continuación, se presentó el informe de la Comisión de Evaluación Diferenciada, la cual estaba autorizada para evaluar a los titulares de cargos. El pleno aprobó las evaluaciones de los siguientes magistrados:
- Abg. Evangelina Villalba Montania, Jueza Penal Itinerante de Alto Paraná. Evaluación autorizada en acta N° 2.129 de fecha 01 de abril de 2024, 50 puntos aspecto cuantitativo, 50 puntos aspecto cualitativo, 100 puntos aspecto personal, total obtenido 200 puntos.
- Abg. Luz Marina Sosa Staple, Defensora Pública del Departamento de Itapúa. Evaluación autorizada en acta N° 2.130 de fecha 08 de abril de 2024, 50 puntos aspecto cuantitativo, 50 puntos aspecto cualitativo, 100 puntos aspecto personal, total obtenido 200 puntos.
- Abg. Gloria María Bernal Mazo, Defensora Pública del Departamento de Itapúa. Evaluación autorizada en acta N° 2.130 de fecha 08 de abril de 2024, 50 puntos aspecto cuantitativo, 50 puntos aspecto cualitativo, 100 puntos aspecto personal, total obtenido 200 puntos.
Proceso de selección para el cargo de Defensor General.
Se oficializó la realización del test psicotécnico para el jueves 16 de mayo a las 14:00 horas. El requisito indispensable para los postulantes es contar con una computadora y cámara en perfecto funcionamiento.
El artículo 58 del reglamento del proceso de selección establece. “La evaluación psicotécnica no asignará puntaje al postulante, pero podrá ser utilizado como material consultivo, de carácter reservado y de uso exclusivo del Consejo de la Magistratura, en atención a las competencias psico-laborales necesarias para el cargo”.