Publicación de la convocatoria para el proceso de selección al cargo de un ministro de la Corte Suprema de Justicia Publicación – Edicto 09/2022.
El Consejo de la Magistratura, realiza a partir de este jueves 28 de diciembre de 2022 al lunes 02 de enero de 2023, la publicación oficial en dos diarios de circulación nacional y por los medios de comunicación digital de la Institución del Edicto 09/2021, que convoca el proceso de selección para el cargo de un Ministro de la Corte Suprema de Justicia.
El trámite de postulación será de manera personal en la nueva sede del Consejo de la Magistratura, ubicado en la calle Tacuary N° 1.597 esquina Blas Garay (4ta. Proyectada), el horario de atención está estipulado de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 durante el mes de enero y de 08:00 a 14:00 en el mes de febrero, dentro de los 30 días de convocatoria y en horarios diferentes a los mencionados contactar al teléfono 0981-337755, a los efectos pertinentes.
La documentación respectiva deberá presentarse en copias autenticadas por escribanía en formato físico y debidamente foliado, conforme al orden establecido en el artículo 10 del reglamento de selección aprobado y publicado por la Institución.
La secretaría general del Consejo de la Magistratura, realizará la revisión cuantitativa de los documentos presentados por cada postulante. En el caso que se omitiera alguno de ellos, deberá informar al postulante y consignar dicha situación en la constancia de los documentos recibidos. El postulante podrá subsanar las omisiones hasta cinco días posteriores al cierre de la convocatoria.
La información consignada en el formulario y las documentaciones agregadas tendrán carácter de declaración jurada.
La Constitución Nacional en el artículo 258 establece los requisitos para el cargo de ministro de la Corte Suprema de Justicia:
- Nacionalidad paraguaya natural y haber cumplido treinta y cinco años.
- Título de doctor en derecho.
- Notoria honorabilidad
- Experiencia profesional de diez años como mínimo, en forma efectiva, en tres posibles áreas profesionales: el ejercicio de la abogacía, el ejercicio de la cátedra universitaria en materia jurídica o el ejercicio de la magistratura.
La Institución dispuso que, reunidos los requisitos exigidos en la Constitución, las leyes y el reglamento de selección para la postulación de acceso al cargo, el postulante quedará habilitado a pasar a las siguientes etapas previas a la conformación de la terna: a) Evaluación de idoneidad profesional: hasta 59 puntos de los cuales 21 corresponderá al Examen de Conocimientos. b) Audiencia Pública: hasta 21 puntos. c) Evaluación Integral: hasta 20 puntos. El total de puntos a ser acumulados será de 100 puntos.
Cualquiera de los postulantes que haya obtenido un puntaje mínimo de setenta (70) puntos de los 100 puntos posibles, estará habilitado para integrar la terna.
El artículo 60 del reglamento dispone que la terna se conformará en sesión pública del Consejo de la Magistratura y por el voto fundado de sus miembros, de conformidad a lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 439/94 y el artículo 2° de la Ley N° 6937/22.